Inspeccion del Trabajo Chillan (Regional)
Libertad 878, Chillán
Teléfonos
(42) 224 23 83
(43) 222 24 71
Horario
Atención de Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 horas
Jurisdicción
Chillán, Ñiquén, Coihueco, Pinto, San Ignacio, El Carmen, Pemuco, Yungay, Bulnes, Quillón, Ranquil, Portezuelo, Treguaco, Cobquecura, Quirihue, Ninhue, Chillán Viejo y San Nicolás
Inspección del Trabajo Chillan (Provincial)
Libertad 878, 2º piso, Chillán
Teléfonos
(42) 221 13 56
Horario
Atención de Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 horas
Jurisdicción
Chillán, Chillán Viejo
Hola buenas noches quisiera hacer una consulta, ya llevo 5 meses trabajando y él empleador no me quiere hacer contrato, que devo hacer?
El empleador tiene 15 días desde iniciada la relación laboral para escriturar el contrato de trabajo. Si no se firma contrato en ese plazo, el trabajador puede reclamar contra el empleador y éste puede recibir una multa de 1 a 5 UTM a beneficio fiscal.
Es necesario recordar que el contrato se perfecciona por el mero consentimiento o acuerdo de las voluntades de trabajador y empleador; es decir, aunque no esté escrito o firmado el contrato de trabajo éste existe de igual manera. En este sentido la inspección del trabajo considera la obligación del empleador en hacer firmar el contrato dentro de esos 15 días desde que inicia la relación laboral, por lo que la palabra del trabajador es la tomará principalmente en caso de que el empleador niegue la relación laboral.
Las pruebas que puede presentar el trabajador que reclama pueden ser:
– Algún Registro de horarios de entradas y salidas al lugar de trabajo
– Comprobante de pago electrónico o en papel sobre el pago de sueldos o bonos
– Pago de imposiciones de salud (Fonasa o isapre) o previsionales (AFP)
– Descripción detallada de la labor que realiza la persona en la empresa y todo el conocimiento sobre su labor realizada allí desde el inicio de la relación hasta el presente
para presentar un reclamo siga estas instrucciones
https://www.inspecciondeltrabajochile.com/reclamos/